DESPOJO. LA RESOLUCIÓN QUE TIENE POR ACREDITADO EL CUERPO DEL DELITO CONSIDERANDO COMO UNA SOLA CONDUCTA LAS DIVERSAS HIPÓTESIS PREVISTAS EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 158 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO, VIOLA LAS GARANTÍAS DE LEGALIDAD, SEGURIDAD JURÍDICA Y DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 14 Y 16 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
El artículo 158, fracción I, del Código Penal para el Estado de Quintana Roo, establece que comete el delito de despojo el que sin el consentimiento de quien tuviere derecho a otorgarlo o engañando a éste, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca, o impida materialmente el disfrute de uno u otro. Ahora bien, de la simple interpretación gramatical del invocado precepto, es claro que se refiere a diversas hipótesis delictivas, pues es sabido que por regla gramatical, la letra "o" y la diversa "u" que la sustituye, es disyuntiva y no copulativa o conjuntiva, como lo sería la letra "y"; en consecuencia, no pueden coexistir con los mismos hechos, dado que unas excluyen a las otras, ya que de lo contrario, se estaría recalificando la conducta. De ahí que si la autoridad responsable, para tener por acreditado el cuerpo del delito de despojo, previsto en la fracción I del precepto legal ya citado, consideró tales conductas como una sola, es clara la inexacta aplicación de la ley y evidente la violación de las garantías de legalidad, seguridad jurídica y debida fundamentación y motivación establecidas en los artículos 14 y 16 constitucionales en perjuicio del inculpado.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006082-6ad880ed/despojo-la-resolucion-que-tiene-por-acreditado-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DESPOJO. LA RESOLUCIÓN QUE TIENE POR ACREDITADO EL CUERPO DEL DELITO CONSIDERANDO COMO UNA SOLA CONDUCTA LAS DIVERSAS HIPÓTESIS PREVISTAS EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 158 DEL CÓDI (XXVII. J/6)
- DESPOJO, DELITO DE. EL ARTÍCULO 158, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO QUE LO PREVÉ, CONTIENE VARIAS HIPÓTESIS DELICTIVAS DISTINTAS ENTRE SÍ. (XXVII.10 P )
- DESPOJO. NO SE INTEGRA EL CUERPO DEL DELITO SI LA SALA RESPONSABLE CONSIDERO A LA VEZ DOS HIPOTESIS DISTINTAS ENTRE SI (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ). (VII.P.41 P )
- DESPOJO. NO SE INTEGRA EL CUERPO DEL DELITO SI LA SALA RESPONSABLE CONSIDERÓ A LA VEZ DOS HIPÓTESIS DISTINTAS ENTRE SÍ (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).- (4350)
- DESPOJO. DELITO DE. (s/clave)
- DESPOJO. DELITO DE.- (4334)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis