Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

VISITA DOMICILIARIA, ORDEN DE. REQUISITOS QUE DEBE SATISFACER.

Clave: 339 · Registro digital (IUS): 1007259 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Apéndice 2011; Tomo IV. Administrativa Primera Parte - SCJN Primera Sección - Administrativa; Pág. 392

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 constitucional la orden de visita domiciliaria expedida por autoridad administrativa debe satisfacer los siguientes requisitos: 1. Constar en mandamiento escrito; 2. Ser emitida por autoridad competente; 3. Expresar el nombre de la persona respecto de la cual se ordena la visita y el lugar que debe inspeccionarse; 4. El objeto que persiga la visita; y 5. Llenar los demás requisitos que fijan las leyes de la materia. No es óbice a lo anterior lo manifestado en el sentido de que las formalidades que el precepto constitucional de mérito establece se refieren únicamente a las órdenes de visita expedidas para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales pero no para las emitidas por autoridad administrativa, ya que en la parte final del párrafo segundo de dicho artículo se establece, en plural, "... sujetándose en estos casos a las leyes respectivas y a las formalidades prescritas para los cateos" y evidentemente se está refiriendo tanto a las órdenes de visitas administrativas en lo general como a las específicamente fiscales, pues, de no ser así, la expresión se habría producido en singular.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1007259-01567157/visita-domiciliaria-orden-de-requisitos-que-debe-satisfacer · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 37/84.—Regalos Encanto, S.A.—27 de marzo de 1985.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Carlos de Silva Nava. Revisión fiscal 18/84.—Jorge Matuk Rady.—15 de abril de 1985.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Carlos de Silva Nava. Revisión fiscal 65/83.—Leopoldo González Orejas.—18 de abril de 1985.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Revisión fiscal 29/84.—Pedro Espina Cruz.—25 de abril de 1985.—Cinco votos.—Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Revisión fiscal 76/84.—Juan Ley Zazueta.—29 de abril de 1985.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 193-198, Tercera Parte, página 126, Segunda Sala. Apéndice 1917-2000, Tomo III, Materia Administrativa, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 134, Segunda Sala, tesis 120.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis