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RELACIÓN LABORAL. SI ES NEGADA POR EL PATRÓN, LA PRESUNCIÓN DE SU EXISTENCIA DERIVADA DE LA PRUEBA DE INSPECCIÓN SOBRE DOCUMENTOS QUE ÉSTE TIENE OBLIGACIÓN DE CONSERVAR Y EXHIBIR EN JUICIO, ES INSUFICIENTE PARA ACREDITARLA CUANDO EL TRABAJADOR PERSONALIZA LOS DOCUMENTOS SOBRE LOS QUE HABRÁ DE DESAHOGARSE.

Clave: 1744 · Registro digital (IUS): 1010539 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Segunda Parte - TCC Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 1787

Cuando el demandado niega la relación laboral con el trabajador, bajo el argumento de que jamás le prestó sus servicios personales y subordinados, la presunción que deriva de la prueba de inspección por la falta de exhibición de los documentos que la Ley Federal del Trabajo menciona en el artículo 804, es insuficiente para acreditar la existencia de dicha relación, si tal probanza se ofrece sobre nóminas, listas de raya, contratos de trabajo, recibos de salarios, recibos de aguinaldo, recibos de vacaciones, tarjetas y controles de asistencia "todos correspondientes al actor", porque en tal hipótesis el trabajador personaliza los documentos sobre los que habrá de desahogarse la prueba, y es indudable que la parte patronal no va a tener tales documentos ante la negativa del vínculo laboral con el demandante.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010539-4e3748d8/relacion-laboral-si-es-negada-por-el-patron · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1556/2004.—Martín Fabio González Palacios.—18 de marzo de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Genaro Rivera.—Secretaria: Lourdes Patricia Muñoz Illescas. Amparo directo 2826/2004.—Joel López Plata.—22 de abril de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Genaro Rivera.—Secretaria: Elia Adriana Bazán Castañeda. Amparo directo 4126/2005.—Marco Antonio Mejía Fuentes.—26 de mayo de 2005.—Unanimidad de votos.—Ponente: Genaro Rivera.—Secretario: Joaquín Zapata Arenas. Amparo directo 7996/2005.—Carlos Alberto Roque Martínez y coag.—13 de octubre de 2005.—Unanimidad de votos.—Ponente: Genaro Rivera.—Secretario: Joaquín Zapata Arenas. Amparo directo 11136/2005.—Niurka Marcos Calle.—5 de enero de 2006.—Unanimidad de votos.—Ponente: Genaro Rivera.—Secretario: Joaquín Zapata Arenas. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, mayo de 2006, página 1614, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.6o.T. J/76; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, mayo de 2006, página 1614.

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