Corpus
Modo: Corpus Pro

DERECHOS. EL ARTÍCULO 292, PARTE FINAL DEL ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL EXENTAR DEL PAGO RESPECTIVO A LAS AERONAVES QUE NO UTILICEN MOTORES O TURBORREACTORES, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2005).

Clave: 560 · Registro digital (IUS): 1011852 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; 2a. Sala; Apéndice 2011; Tomo I. Constitucional 3. Derechos Fundamentales Primera Parte - SCJN Vigésima Primera Sección - Principios de justicia tributaria; Pág. 1668

El artículo citado, al prever en la parte conducente que no pagarán el derecho relativo las aeronaves que no utilicen motores o turborreactores para sustentar el vuelo, no transgrede el principio de equidad tributaria contenido en la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues al establecer la exención relativa el Legislador Federal tomó en consideración las características de las aeronaves respectivas, como es que no usen motores o turborreactores para sustentar el vuelo y, por ende, que no produzcan turbulencia de estela ni pongan en peligro o afecten a la seguridad aérea, circunstancias específicas que se traducen en razones objetivas aptas para justificar la exención de mérito, y que ponen de relieve que los titulares de dichas aeronaves no están en igualdad de condiciones que aquellos contribuyentes cuyas aeronaves sí utilizan motores y turborreactores, poniendo en peligro la seguridad aérea e inutilizando temporalmente parte del espacio aéreo durante el vuelo por la turbulencia de estela que producen.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1011852-6a09d767/derechos-el-articulo-292-parte-final-del-ultimo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1418/2005.—Marcelo de los Santos y Cía., S.C. y otras.—10 de octubre de 2007.—Cinco votos.—Ponente: Mariano Azuela Güitrón.—Secretarios: Gustavo Ruiz Padilla, Alberto Miguel Ruiz Matías y Rogelio Alberto Montoya Rodríguez. Amparo en revisión 1792/2005.—KLM Compañía Real Holandesa de Aviación, S.A. (KONINKLIJKE LUCHTVAART MAATSCHAPPIJ, N.V.).—28 de noviembre de 2007.—Unanimidad de cuatro votos.—Ausente y Ponente: José Fernando Franco González Salas; en su ausencia hizo suyo el asunto Margarita Beatriz Luna Ramos.—Secretario: Israel Flores Rodríguez. Amparo en revisión 1872/2005.—Corporación Técnica de Urbanismo, S.A. de C.V.—28 de noviembre de 2007.—Unanimidad de cuatro votos.—Ausente: José Fernando Franco González Salas.—Ponente: Mariano Azuela Güitrón.—Secretario: Óscar Fernando Hernández Bautista. Amparo en revisión 1876/2005.—Servicios Aéreos Gana, S.A. de C.V.—28 de noviembre de 2007.—Unanimidad de cuatro votos.—Ausente y Ponente: José Fernando Franco González Salas; en su ausencia hizo suyo el asunto Margarita Beatriz Luna Ramos.—Secretario: Óscar Rodríguez Álvarez. Amparo en revisión 2126/2005.—HDL de Guatemala, S.A. de C.V.—28 de noviembre de 2007.—Unanimidad de cuatro votos.—Ausente y Ponente: José Fernando Franco González Salas; en su ausencia hizo suyo el asunto Margarita Beatriz Luna Ramos.—Secretaria: Silvia Elizabeth Morales Quezada. Tesis de jurisprudencia 6/2009.—Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del catorce de enero de dos mil nueve. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, febrero de 2009, página 459, Segunda Sala, tesis 2a./J. 6/2009; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, marzo de 2009, página 917.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.