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Modo: Corpus Pro

ARRENDAMIENTO. RENTA PACTADA EN DÓLARES. CONSTITUYE PRECIO DETERMINADO POR SER UNA SUMA DE DINERO.

Clave: 34 · Registro digital (IUS): 1012633 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 7a. Época; 3a. Sala; Apéndice 2011; Tomo V. Civil Primera Parte - SCJN Primera Sección - Civil Subsección 1 - Sustantivo; Pág. 36

El concepto "suma de dinero" utilizado por el legislador en el artículo 2999 del Código Civil para el Distrito Federal, debe entenderse en la amplia significación que comprende toda unidad monetaria de curso legal dentro del sistema pecuniario de una nación, de suerte que como el dólar cumple con esas características, será una especie del género dinero; pero además, si se considera que la suma que como renta llegan a establecer las partes se designa en dólares, de aquellos que tienen curso legal en Estados Unidos de América, y no se trata de una suma aproximada sino de una definida en la que se precisan sus unidades, resulta inconcuso que el precio de la renta se encuentra perfectamente determinada cualitativa y cuantitativamente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1012633-49a5bbb9/arrendamiento-renta-pactada-en-dolares-constituye-precio-determinado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Época, Cuarta Parte: Volúmenes 205-216, página 37. Amparo directo 6519/85.—Infratec, S.A. de C.V.—27 de octubre de 1986.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra.—Secretario: Luis Pérez de la Fuente. Volúmenes 217-228, página 33. Amparo directo 11910/84.—Constructora y Perforadora Tláloc, S.A.—16 de febrero de 1987.—Cinco votos.—Ponente: Jorge Olivera Toro.—Secretaria: María Lourdes Delgado Granados. Volúmenes 217-228, página 33. Amparo directo 11911/84.—Constructora y Perforadora Tláloc, S.A.—16 de febrero de 1987.—Cinco votos.—Ponente: Jorge Olivera Toro.—Secretaria: María Lourdes Delgado Granados. Volúmenes 217-228, página 33. Amparo directo 8003/85.—Geohidrológica Mexicana, S.A.—13 de abril de 1987.—Unanimidad de cuatro votos.—Ausente: Ernesto Díaz Infante.—Ponente: Jorge Olivera Toro.—Secretario: Agustín Urdapilleta Trueba. Volúmenes 217-228, página 33. Amparo directo 393/86.—Grutec, S.A. de C.V.—13 de abril de 1987.—Unanimidad de cuatro votos.—Ausente: Ernesto Díaz Infante.—Ponente: Jorge Olivera Toro.—Secretario: Agustín Urdapilleta Trueba. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 217-228, Cuarta Parte, página 364, Tercera Sala. Apéndice 1917-2000, Tomo IV, Materia Civil, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 93, Tercera Sala, tesis 116.

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