Corpus
Modo: Corpus Pro

DOCUMENTOS PRIVADOS, PROVENIENTES DE TERCERO.

Clave: 325 · Registro digital (IUS): 1012924 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 6a. Época; 4a. Sala; Apéndice 2011; Tomo V. Civil Primera Parte - SCJN Primera Sección - Civil Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 327

Los documentos privados provenientes de tercero, cuando no son ratificados por quienes los suscriben, deben equipararse a una prueba testimonial rendida sin los requisitos de ley, por lo que carecen de valor probatorio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1012924-8004dfe0/documentos-privados-provenientes-de-tercero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Sexta Época, Quinta Parte: Volumen I, página 51. Amparo directo 6143/56.—Ferrocarriles Nacionales de México.—1o. de julio de 1957.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Alfonso Guzmán Neyra. Volumen II, página 41. Amparo directo 5430/56.—Artemio Merino Balderas.—1o. de agosto de 1957.—Cinco votos.—Ponente: Luis Díaz Infante. Volumen IV, página 43. Amparo directo 1663/56.—Ferrocarriles Nacionales de México.—10 de octubre de 1957.—Cinco votos.—Ponente: Agapito Pozo. Volumen VII, página 78. Amparo directo 2657/57.—Josefina Ramírez.—9 de enero de 1958.—Cinco votos.—Ponente: Luis Díaz Infante. Volumen XII, página 169. Amparo directo 1557/57.—Ferrocarriles Nacionales de México.—13 de junio de 1958.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Arturo Martínez Adame. Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Tomo XII, Quinta Parte, página 301, Cuarta Sala. Apéndice 1917-2000, Tomo VI, Materia Común, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 138, Cuarta Sala, tesis 169.

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