ISSSTE. LA PUBLICACIÓN DE LA LEY EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN SÁBADO, NO LA HACE INCONSTITUCIONAL (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ABRIL DE 2007).
En términos de lo previsto en el artículo 72 de la Constitución General de la República, la publicación de una ley constituye la fase terminal del procedimiento de formación de leyes, el cual por su naturaleza es un acto complejo en el que intervienen diversos órganos constitucionales, como lo son el Poder Legislativo que las expide y el Poder Ejecutivo que las promulga y publica, de manera que las actuaciones de ambos poderes, en conjunto, son las que dan vigencia a un ordenamiento legal. En tal virtud, aunque la publicación de una ley federal corra a cargo del Ejecutivo Federal, no puede reputarse como un acto administrativo que se rija por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y, en consecuencia, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado no es inconstitucional por haber sido publicada en día sábado, ya que, todos los días son hábiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/168630-58ca5f40/issste-la-publicacion-de-la-ley-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ISSSTE. LA PUBLICACIÓN DE LA LEY EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN SÁBADO, NO LA HACE INCONSTITUCIONAL (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ABRIL DE 2007). (75)
- DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. EL ARTÍCULO 7 DE LA LEY QUE RIGE A ESE MEDIO DE DIFUSIÓN NO VIOLA LAS GARANTÍAS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA. (P./J. 190/2008 )
- DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. EL ARTÍCULO 7 DE LA LEY QUE RIGE A ESE MEDIO DE DIFUSIÓN NO VIOLA LAS GARANTÍAS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA. (312)
- LEYES, FECHA DE VIGENCIA DE LAS.- (1777)
- SEGURO SOCIAL. EL PROCESO LEGISLATIVO DE LA REFORMA A LOS ARTÍCULOS 304 Y 287 DE LA LEY RELATIVA, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE DICIEMBRE DE 2001, CUMPL (VI.3o.A.225 A)
- ISSSTE. EL ARTÍCULO 1o. DE LA LEY RELATIVA, AL INCLUIR EN EL RÉGIMEN DEL INSTITUTO A SUS PROPIOS TRABAJADORES NO ES INCONSTITUCIONAL (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ABRIL (P./J. 153/2008)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis