REPETICIÓN DEL ACTO RECLAMADO. LA DENUNCIA RELATIVA ES FUNDADA CONTRA RESOLUCIONES SUSTENTADAS EN PRECEPTOS DECLARADOS INCONSTITUCIONALES POR SENTENCIA FIRME, RESPECTO DEL QUEJOSO.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha establecido, en jurisprudencia definida, que los efectos de una sentencia que otorga el amparo al quejoso en contra de una ley, no sólo son los de protegerlo respecto del acto de su aplicación que, en su caso, hubiera reclamado, sino también consisten en que el ordenamiento declarado inconstitucional no pueda aplicársele válidamente en el futuro, lo que también deriva del artículo 78 de la Ley de Amparo, en cuanto a que si se declara la inconstitucionalidad de la norma general impugnada, los efectos se extenderán a todas aquellas normas y actos cuya validez dependa de la propia norma invalidada, cuyos efectos, en atención al principio de relatividad contenido en el artículo 73 de la legislación citada, se traducirán en la inaplicación de aquéllos únicamente respecto del quejoso; pues de aplicarse una norma declarada inconstitucional en diverso acto emanado de ésta, la autoridad incurriría en violación a la sentencia protectora que constituye cosa juzgada, como lo sostuvo el Pleno del Máximo Tribunal del País en la jurisprudencia P. 5/89 (*) y en la tesis aislada VII/89 (**). En consecuencia, si una autoridad emite un nuevo acto de afectación en perjuicio del quejoso sustentado en la norma declarada inconstitucional por sentencia firme, la cual no ha sido reformada ni modificada, debe declararse fundada la denuncia de repetición del acto reclamado, ya que conforme al artículo 199 de la Ley de Amparo, ésta tiene por objeto determinar si el nuevo acto de autoridad reitera las mismas violaciones de derechos que motivaron la concesión de la protección federal contra el acto de aplicación reclamado en el juicio de amparo; hipótesis que se actualiza de acreditarse que la posterior actuación encuentra su fundamento en el precepto declarado inconstitucional respecto del quejoso.
PLENO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2010817-ea25f25f/repeticion-del-acto-reclamado-la-denuncia-relativa-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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