JUICIO DE AMPARO DIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCIÓN DE SEGUNDA INSTANCIA QUE CONFIRMA EL AUTO DE NO VINCULACIÓN A PROCESO, SIN QUE SE HAYA DECRETADO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PENAL.
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sostuvieron criterios contradictorios al analizar la vía procesal que procede contra la resolución de segunda instancia que confirma el auto de no vinculación a proceso, sin que se haya decretado el sobreseimiento de la causa penal. Mientras que uno determinó que la vía indirecta era la procedente, ya que lo reclamado no tiene naturaleza de una sentencia definitiva que hubiere decidido el juicio en lo principal, que hubiere puesto fin al juicio, o bien, que sin decidirlo en lo principal lo hubiere dado por concluido; el otro procedió a su estudio y declaró insubsistente lo actuado en la vía indirecta.
Criterio Jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, determina que contra la resolución de segunda instancia que confirma un auto de no vinculación a proceso, sin que se haya decretado el sobreseimiento de la causa penal, es improcedente el amparo directo.
Justificación: De la interpretación sistemática de los artículos 170, fracción I, de la Ley de Amparo, y 319, 327 y 328 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y acorde con la doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el cierre de etapas del Sistema Penal Acusatorio, contra la resolución de segunda instancia que confirma un auto de no vinculación a proceso, sin que se haya decretado el sobreseimiento de la causa penal, es improcedente la vía procesal directa, al no tratarse de una sentencia definitiva ni de una resolución que pone fin al juicio, es decir, no pone fin a la instancia planteada por el Ministerio Público, quien podrá continuar con la investigación y, en su caso, formular una nueva imputación.
PLENO REGIONAL EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2028538-c08aefe8/juicio-de-amparo-directo-es-improcedente-contra-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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