INDEMNIZACIÓN CIVIL POR MUERTE. DEBE CALCULARSE CON BASE EN LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA) (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 1915 DEL CÓDIGO CIVIL [LEGISLACIÓN FEDERAL Y DE LA CIUDAD DE MÉXICO]).
Hechos: Las extintas Primera y Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sustentaron criterios contradictorios al analizar el artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal y el mismo numeral del Código Civil Federal, respectivamente, en relación con la unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia con la que debe calcularse la indemnización por daños patrimoniales por causa de muerte.
Al conocer de la contradicción de criterios, esta Suprema Corte de Justicia de la Nación fijó como punto a dilucidar el siguiente: ¿Para determinar una indemnización civil derivada de un fallecimiento, el cálculo debe realizarse con base en el salario mínimo o en la Unidad de Medida y Actualización (UMA)?
Criterio jurídico: El pago de la indemnización civil por causa de muerte debe calcularse con base en la UMA, al tratarse de una medida de reparación compensatoria desvinculada del salario mínimo.
Justificación: De los artículos 26, apartado B, párrafo sexto y 123, apartado A, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como tercero y cuarto transitorios del decreto de reformas y adiciones a la Constitución Federal en materia de desindexación del salario mínimo, publicado el 27 de enero de 2016, se advierte que se instituyó la UMA en sustitución del salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia, para todos los conceptos ajenos a la naturaleza de dicho salario.
En consecuencia, la indemnización por muerte debe calcularse con base en la UMA, en virtud de que el concepto se refiere a una medida de reparación compensatoria, que no tiene una relación directa con la naturaleza del salario, por lo que debe desvincularse del mismo.
La UMA, actualizada anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, asegura que las indemnizaciones mantengan su valor real, lo que cumple con el principio de reparación integral del daño sin generar distorsiones como las que podía ocasionar la vinculación al salario mínimo.
Un criterio distinto a la desindexación del salario mínimo podría implicar que se perpetúen las alteraciones que la reforma constitucional buscó eliminar, como la presión inflacionaria sobre el salario mínimo derivada de su uso en conceptos civiles, así como desconocer los principios de proporcionalidad y equidad que deben regir en la materia, lo que hace patente el riesgo de actualizar indemnizaciones impagables.
PLENO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2032699-a5504dce/indemnizacion-civil-por-muerte-debe-calcularse-con-base · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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