FONDO DE HABITACION Y SERVICIOS SOCIALES, NO INTEGRA EL SALARIO DE LOS TRABAJADORES DE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD.
De conformidad con lo dispuesto por la Cláusula 66 del Contrato Colectivo de Trabajo, el Fondo de Habitación y Servicios Sociales de los Trabajadores Electricistas se instituyó por convenio de la empresa y el sindicato, con una cantidad determinada, más las recuperaciones de los créditos otorgados. Es decir, constituye una prestación que los trabajadores están en posibilidad de obtener si reúnen los requisitos establecidos por las partes contratantes, como financiamiento destinado a las acciones de vivienda que se prevén en la cláusula referida. Por su parte, la diversa Cláusula 29 del Contrato Colectivo de Trabajo, establece que el salario se integra con las cantidades que se señalan en los tabuladores, más el importe de diversas prestaciones como son: fondo de ahorro; ayuda de renta de casa; tiempo extra constante; compensación por jornada nocturna; servicio eléctrico; prima por trabajo dominical; porcentaje adicional al pago de vacaciones; aguinaldo anual; cuota de transporte; cuota de arrastre; ayuda de despensa; fondo de previsión; y percepciones diarias y ordinarias; pero sin incluir el fondo de habitación. Por otra parte, de acuerdo a la Cláusula 64 del Contrato Colectivo de Trabajo, los trabajadores electricistas tienen contemplada una prestación para vivienda, que es la ayuda de renta de casa, y ésta sí constituye parte integrante del sueldo. Por consiguiente, el fondo de vivienda no integra el salario, en términos de la Cláusula 29 del pacto colectivo, y cuando dicho beneficio se otorga, se destina a financiar acciones de vivienda que, como préstamo, debe ser reintegrado por quien lo obtuvo, amén de que tampoco se trata de ningún pago que se realice en efectivo, por cuota diaria y ordinaria, por lo cual el Fondo de Habitación y Servicios Sociales no integran el salario de los trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/208101-55ec6d20/fondo-de-habitacion-y-servicios-sociales-no-integra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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