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PETROLEOS MEXICANOS. RELACION LABORAL, SUSPENSION TEMPORAL O INDEFINIDA DE LA, SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRON.

Clave: I.5o.T. J/38 · Registro digital (IUS): 210732 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 80, Agosto de 1994; Pág. 43

Si la demandada al excepcionarse aduce que suspendió temporal o indefinidamente al trabajador de su faena, en acatamiento a una resolución emitida por la Secretaría de la Contraloría de la Federación, misma que estaba obligada a cumplir conforme a lo previsto en los artículos 2º, 47, fracción XIX, y 75 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, es evidente que la interrupción de las labores del actor no fue determinación de ésta, sino de la mencionada dependencia gubernamental, y por ello no se debe considerar que el patrón lo haya separado injustificadamente.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/210732-55469149/petroleos-mexicanos-relacion-laboral-suspension-temporal-o-indefinida · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6435/88. Petróleos Mexicanos. 11 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Marco Tulio Burgoa Domínguez. Amparo directo 2015/89. Petróleos Mexicanos. 19 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Beatriz Valenzuela Domínguez. Amparo directo 3465/89. Petróleos Mexicanos. 27 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Marco Tulio Burgoa Domínguez. Amparo directo 12775/92. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 11 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: José Francisco Cilia López. Amparo directo 9245/93. Fernando Martínez Cordero. 9 de diciembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: José Francisco Cilia López.

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