Corpus
Modo: Corpus Pro

PETROLEROS. ELEMENTOS DE LA ACCION PARA RECLAMAR EL ASCENSO A LA CATEGORIA INMEDIATA SUPERIOR, COMO CONSECUENCIA DE LA MOVILIZACION CONTEMPLADA EN LAS CLAUSULAS 93 Y 96 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.

Clave: I.1o.T. J/64 · Registro digital (IUS): 210941 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 79, Julio de 1994; Pág. 37

Cuando un trabajador petrolero reclama el ascenso a la categoría inmediata superior y demás prestaciones inherentes con fundamento en las disposiciones contractuales antes invocadas, debe acreditar plenamente los elementos de su acción, consistentes en: a). que haya prestado materialmente sus servicios en un lugar determinado; b). que hubiese sido movilizado a un sitio diverso a aquél en que desempeñaba sus labores para ese mismo fin, con motivo de haberse colocado en alguna de las hipótesis contenidas en el segundo párrafo de la cláusula 93 del Pacto Colectivo y c). que entre ambos lugares exista una distancia considerable, entendiéndose por tal aquélla que excede de cien kilómetros, conforme a lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley Federal del Trabajo. De tal forma que si el actor no satisfizo esos presupuestos, es evidente que la absolución decretada por la Junta se encuentra ajustada a derecho.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/210941-6aff09a5/petroleros-elementos-de-la-accion-para-reclamar-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 7221/92. Feliciano Ramírez Quevedo. 13 de agosto de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Jaime Allier Campuzano. Amparo directo 4251/93. Héctor Córdova Pérez. 17 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Angel Salazar Torres. Amparo directo 9581/93. Luis Martínez Cruz. 25 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Jesús González Ruiz. Amparo directo 1301/94. José de Jesús Sánchez Sánchez. 10 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Rigoberto Calleja López. Amparo directo 3571/94. Roberto del Angel Ibarra. 6 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Rigoberto Calleja López.

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