IMPUESTOS MUNICIPALES.
Los decretados por los ayuntamientos y no por las legislaturas no tienen el carácter de leyes, y hacerlos efectivos importa una violación constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/389839-acb51907/impuestos-municipales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo en revisión 18/17. Baigts José. 23 de enero de 1918. Unanimidad de once votos.
Amparo en revisión 271/17. Allende Pablo. 4 de febrero de 1918. Unanimidad de diez votos.
Amparo en revisión 176/17. Escobar Tomás. 8 de mayo de 1918. Unanimidad de once votos.
Amparo en revisión 285/17. Compañía de Minerales y Metales, S. A. 18 de noviembre de 1918. Unanimidad de once votos.
Amparo en revisión 337/18. Figueroa vda. de Gris María. 14 de febrero de 1919. Unanimidad de once votos.
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