COACUSADO. VALOR DE SU DICHO.
El dicho del coacusado, cuando no pretende eludir su responsabilidad, sino que admitiéndola, hace cargos a otro acusado, hace fe como indicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/389943-fa571cb2/coacusado-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo directo 506/36. Cuervo Alfonso. 17 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 8530/36. Cruz González Domingo. 3 de agosto de 1937. Cinco votos.
Amparo en revisión 3866/38. Fink William N. 29 de julio de 1938. Cinco votos.
Amparo directo 7125/38. Jacobo Librado. 24 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 5121/39. Pérez Emiliano Alfonso. 15 de noviembre de 1939. Cinco votos.
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