CONFESION CALIFICADA DIVISIBLE.
La confesión calificada con circunstancias excluyentes o modificativas de responsabilidad es divisible si es inverosímil, sin confirmación comprobada o si se encuentra contradicha por otras pruebas fehacientes, en cuyos casos el sentenciador podrá tener por cierto sólo lo que perjudica al inculpado y no lo que le beneficia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/389971-16e66076/confesion-calificada-divisible · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Sexta Epoca:
Amparo directo 3037/56. Raymundo Velázquez Orozco. 28 de agosto de 1957. Cinco votos.
Amparo directo 572/57. Antonio Mejía Solís. 10 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 3694/59. Blas Cristino López. 2 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 8036/60. Gabino Avalos Rojas. 3 de febrero de 1961. Cinco votos.
Amparo directo 8100/62. Adolfo Cárdenas Rivera. 4 de julio de 1963. Cinco votos.
Jurisprudencia relacionada
- CONFESIÓN CALIFICADA DIVISIBLE. (403)
- CONFESIÓN CALIFICADA DIVISIBLE.- (98)
- CONFESION CALIFICADA DIVISIBLE. (s/clave)
- CONFESION CALIFICADA DIVISIBLE. (469)
- CONFESION CALIFICADA DIVISIBLE. (VI.2o. J/82)
- CONFESION CALIFICADA DIVISIBLE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis