EJERCITO, MIEMBROS DEL.
La Suprema Corte, en diversas ejecutorias, ha sentado la tesis de que la patente, el nombramiento o el despacho, no son necesarios para que se surta la competencia de los tribunales del fuero de guerra, si el procesado es tenido y considerado como militar, porque tal criterio acarrearía forzosamente un relajamiento en la disciplina del Ejército, y que la falta de la patente sólo trae consigo que no pueda reclamar un individuo que se le mantenga en la consideración de su empleo militar, mientras aquélla no se le extienda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390012-1b220b35/ejercito-miembros-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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