MIEDO GRAVE O TEMOR FUNDADO, CONCEPTO DE.
El miedo grave o el temor fundado sólo excluyen el carácter delictuoso del resultado objetivo, cuando el agente ejecuta los hechos ilícitos bajo un estado psicológico que nulifica su capacidad de entender y querer tanto la acción como su resultado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390086-987c1238/miedo-grave-o-temor-fundado-concepto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Sexta Epoca:
Amparo directo 1234/60. Teófilo Hurtado Yocupicio. 1o. de julio de 1960. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 4532/60. Luis Cortés Ramírez. 23 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 367/60. Leonardo Morga León. 5 de octubre de 1960. Cinco votos.
Amparo directo 4744/60. Abel Morales Montes de Oca. 5 de octubre de 1960. Cinco votos.
Amparo directo 6907/60. Pedro Cardona Rangel. 2 de diciembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos.
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