SENTENCIAS PENALES RECURRIBLES.
Es improcedente el amparo que se endereza contra una sentencia penal de primera instancia, respecto de la cual la ley concede algún recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390214-46e2b400/sentencias-penales-recurribles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo directo 4589/31. Del Moral García Miguel. 27 de septiembre de 1933. Cinco votos.
Amparo directo 6594/33. Rojas Luis. 4 de febrero de 1936. Mayoría de cuatro votos.
Amparo en revisión 2371/34. Cuaxtitlán Abraham. 19 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 6402/34. Magallanes María Rosario. 14 de abril de 1936. Cinco votos.
Amparo en revisión 718/36. Navarro Ruiz Florencio. 21 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos.
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