Corpus
Modo: Corpus Pro

VENTAJA, CONCIENCIA DE LA.

Clave: 366 · Registro digital (IUS): 390235 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 6a. Época; 1a. Sala; Ap. 1995; Tomo II, Parte SCJN; Pág. 202

La ventaja, en cualquiera de las circunstancias especificadas en la ley penal para su configuración, sólo puede ser sancionada como calificativa del delito, si el sujeto activo se da cuenta cabal de su superioridad sobre la víctima.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390235-a7e9e03c/ventaja-conciencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Sexta Epoca: Amparo directo 1622/57. Francisco Chávez. 9 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 2390/59. Pedro Nieto Domínguez. 26 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 6524/51. Florencio Zamarripa Marín. 7 de julio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 2875/60. Aarón Mora Moreno. 23 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 1683/61. Abraham Vázquez Martínez. 12 de julio de 1961. Cinco votos. NOTA: Tesis publicada también en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, vols. 187-192, Segunda Parte, Sección Jurisprudencia, página 91.

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