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CAMBIOS, DECRETO DE CONTROL GENERALIZADO DE, DE PRIMERO DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS. CONSENTIMIENTO. NO EXISTE AUN CUANDO NO SE HAYAN RECLAMADO LOS ARTICULOS EN QUE SE FUNDA.

Clave: 29 · Registro digital (IUS): 390919 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Ap. 1995; Tomo III, Parte SCJN; Pág. 23

Si el decreto presidencial que establece el control generalizado de cambios se fundó, entre otras disposiciones, en los artículos 8o. de la Ley Orgánica del Banco de México, 89, fracción I, constitucional y 8o. de la Ley Monetaria, y dichos preceptos no fueron reclamados, ello de ninguna manera implica que debe sobreseerse en el juicio de amparo por reclamarse actos derivados de otros consentidos, ya que no se pretende demostrar la inconstitucionalidad del decreto en cuestión por provenir de preceptos inconstitucionales, sino porque se le considera inconstitucional en sí mismo. Es decir, los quejosos solicitan la concesión del amparo por estimar inconstitucional el decreto reclamado por los vicios propios que alegan en su contra, y no porque derive de preceptos inconstitucionales, o los reglamente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390919-30b150b7/cambios-decreto-de-control-generalizado-de-de-primero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Epoca: Amparo en revisión 1572/83. Eric Antonio Aliño Haza y otro. 25 de marzo de 1987. Mayoría de cuatro votos. Amparo en revisión 131/84. Ezequiel Albarrán López. 25 de marzo de 1987. Mayoría de cuatro votos. Amparo en revisión 10815/84. Elena Ajuria Palafox y otros. 10 de junio de 1987. Mayoría de cuatro votos. Amparo en revisión 4563/83. Luis Sánchez Gamboa. 7 de octubre de 1987. Mayoría de cuatro votos. Amparo en revisión 6749/83. Mario Enrique Oropeza Cortés. 9 de octubre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. NOTA: Esta tesis apareció publicada, con el número 2, en el Informe 1987, segunda parte, Segunda Sala, pág. 5.

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