PROFESIONISTAS, IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LOS.
Es indudable que para que una asociación profesional deba pagar colectivamente el impuesto sobre la renta, se necesita que maneje también no sólo los ingresos, sino también los gastos, sustituyendo así a las personas de los asociados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/391411-34b7381f/profesionistas-impuesto-sobre-la-renta-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo en revisión 4075/37. Herrera José E. 28 de septiembre de 1937. Cinco votos.
Amparo en revisión 4177/37. Ornelas José F. 28 de septiembre de 1937. Cinco votos.
Amparo en revisión 4523/37. Illades Ambrosio. 28 de septiembre de 1937. Cinco votos.
Amparo en revisión 4555/37. Ochoa Díaz Francisco. 28 de septiembre de 1937. Cinco votos.
Amparo en revisión 4521/37. López C. Luis. 9 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos.
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