APELACION EN MATERIA MERCANTIL.
No procede en los negocios mercantiles que tienen un valor menor de mil pesos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392778-a7bf2e2e/apelacion-en-materia-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Tomo XII, pág. 200. Recurso de súplica. Giraud y Margaillan, Sucesores. 29 de enero de 1923. Unanimidad de ocho votos.
Amparo civil en revisión 2213/22. Sánchez Wilfrido de Jesús. 6 de julio de 1926. Mayoría de nueve votos.
Amparo civil en revisión 2220/26. Morari Ricardo E., suc. de. 10 de septiembre de 1927. Unanimidad de nueve votos.
Amparo civil en revisión 732/28. Hinojosa Rafael. 4 de abril de 1929. Cinco votos.
Amparo civil en revisión 1745/29. Garza Ismael. 5 de diciembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos.
NOTA:
El artículo 1340 del Código de Comercio fue reformado.
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