INFORME DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE.
Rendido sin la debida justificación, sólo tiene el valor que merece la aseveración de cualquiera de las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394260-1b3f615a/informe-de-la-autoridad-responsable · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo penal en revisión 3834/28. Lozano Rodolfo. 24 de abril de 1929. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo penal en revisión 3085/28. Sáenz Arriaga Ignacio. 17 de mayo de 1929. Cinco votos.
Amparo penal en revisión 12143/32. Vizcaíno José de Jesús. 3 de febrero de 1933. Mayoría de tres votos.
Amparo en revisión en materia de trabajo 1362/30. Cía. Mexicana Molinera de Nixtamal, S. A. 31 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo penal en revisión 11509/32. Luna Aristeo y coag. 10 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos.
NOTA:
En los Apéndices a los Tomos XXXVI y L del Semanario Judicial de la Federación, aparece publicada esta tesis con el mismo texto pero con diferentes precedentes.
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