PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES AL.
Cuando se concede el amparo por violación a las leyes del procedimiento, tendrá por efecto que éste se reponga a partir del punto en que se infringieron esas leyes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394348-b0514acc/procedimiento-violaciones-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo administrativo en revisión 3354/27. Torres Sagaceta Luz. 5 de enero de 1928. Mayoría de siete votos.
Amparo civil directo 2597/22. Holms William Leonard. 27 de abril de 1928. Unanimidad de nueve votos.
Amparo penal directo 3775/23. Aguirre Epifanio. 7 de julio de 1928. Unanimidad de nueve votos.
Amparo civil en revisión 1947/27. Molina Herrera Dionisio. 20 de mayo de 1929. Cinco votos.
Amparo civil directo 1350/26. Lamar Lucius M. 31 de mayo de 1929. Cinco votos.
NOTA:
En los Apéndices a los Tomos XXXVI, L y LXIV del Semanario Judicial de la Federación, la tesis aparece publicada con el rubro: "PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL".
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