RECURSOS ORDINARIOS.
El hecho de no hacer valer los procedentes contra un fallo ante los tribunales ordinarios, es causa de improcedencia del amparo que se enderece contra ese fallo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394403-60cd440b/recursos-ordinarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo en revisión 394/18. Velázquez Manuel F. 6 de enero de 1919. Unanimidad de ocho votos.
Tomo IV, pág. 1241. Amparo en revisión 786/19. Camporredondo Emilio. 14 de enero de 1919.
Tomo IV, pág. 1241. Amparo en revisión 512/18. González Francisco. 14 de febrero de 1919.
Amparo en revisión 1229/19. Flores Alfredo. 29 de julio de 1919. Unanimidad de diez votos.
Tomo VI, pág. 86. Amparo directo 1323/19. Suárez vda. de Vázquez Elena. 9 de enero de 1920.
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