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Modo: Corpus Pro

VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO. ADMISION DE PRUEBAS A LA CONTRAPARTE DEL QUEJOSO. PROCEDE RECLAMAR LA VIOLACION RESPECTIVA EN AMPARO DIRECTO.

Clave: 539 · Registro digital (IUS): 394495 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 8a. Época; 4a. Sala; Ap. 1995; Tomo VI, Parte SCJN; Pág. 354

Si la Junta recibe las pruebas de la contraparte del quejoso violando en perjuicio de éste, las normas del procedimiento, el quejoso puede reclamar esas violaciones en amparo directo, de conformidad con la fracción III del artículo 159 de la Ley de Amparo, la cual establece que en los juicios seguidos ante tribunales civiles, administrativos o del trabajo, se considerarán violadas las leyes del procedimiento y que se afectan las defensas del quejoso, cuando no se le reciban las pruebas que legalmente haya ofrecido, o cuando no se reciban conforme a la ley. Como se ve, la fracción III prevé dos supuestos en los que pueden alegarse en amparo directo las violaciones relacionadas con el ofrecimiento de pruebas: El primero, cuando en el juicio ordinario los elementos de convicción son ofrecidos por el quejoso y no se le reciben legalmente; el segundo, cuando los ofrecen otras partes distintas del quejoso, y, en perjuicio de éste, no se reciben conforme a la ley; tal distinción es válida si se tiene en cuenta que la primera hipótesis de dicha fracción utiliza el pronombre "le", con el cual obviamente se refiere al quejoso, mientras que la segunda no lo utiliza, por lo que debe entenderse que se refiere a las demás partes distintas del peticionario de garantías. En consecuencia, como la disposición legal de que se trata, expresamente prevé el caso en que debe alegarse la referida violación en cita en amparo directo, esta Cuarta Sala, con fundamento en los artículos 192, parte final y 194, último párrafo, de la Ley de Amparo, modifica su criterio anterior contenido en la tesis jurisprudencial 341 (Compilación 1985, Quinta Parte), para adoptar el expuesto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394495-2ce8383a/violaciones-al-procedimiento-admision-de-pruebas-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Epoca: Contradicción de tesis. Varios 14/88. Entre las sustentadas por el Segundo y Séptimo Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 21 de agosto de 1989. Cinco votos. NOTA: Tesis 4a./J.14/89, Gaceta número 19-21, pág. 99; Semanario Judicial de la Federación, tomo IV, Primera Parte, pág. 337; Informe de 1989, Parte II, con la tesis número 16, localizable en la página 34.

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