Corpus
Modo: Corpus Pro

AUTORIDADES EJECUTORAS, FALTA DE INFORME DE LAS.

Clave: 653 · Registro digital (IUS): 394609 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 1995; Tomo VI, ParteTCC; Pág. 438

Si las autoridades ejecutoras no rinden informe, pero aquellas a quienes se les atribuye haber ordenado el acto lo niegan, es incuestionable que no pudieron ejecutar una orden inexistente, y por lo mismo, la falta de informe no trae la presunción que establece el artículo 149 de la Ley de Amparo.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394609-0a2daa54/autoridades-ejecutoras-falta-de-informe-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Epoca: Amparo en revisión 154/88. Dominga Trinidad Robles. 5 de julio de 1988. Unanimidad de votos. Amparo en revisión 254/89. Rogelio Carlos Lucas. 16 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Amparo en revisión 125/91. Rafael Rojas Velarde. 16 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Amparo en revisión 273/91. Víctor Manuel Pérez Iliosa y otro. 2 de julio de 1991. Unanimidad de votos. Amparo en revisión 583/91. David Salvador Sosa y otro. 14 de enero de 1992. Unanimidad de votos. NOTA: Tesis VI.2o.J/177, Gaceta número 50, pág. 65; Semanario Judicial de la Federación, tomo IX-Febrero, pág. 73.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.