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HEREDEROS. AMPARO PROCEDENTE CONTRA EL RECONOCIMIENTO O DESCONOCIMIENTO DE ELLOS.

Clave: 918 · Registro digital (IUS): 395333 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice de 1988
Localización: [J]; 5a. Época; 3a. Sala; Ap. 1988; Parte II; Pág. 1501

Como las situaciones jurídicas de los que concurren al juicio sucesorio se alteran fundamentalmente cuando se desconocen sus derechos, y siendo indudable que el juez tiene la facultad de juzgar de la eficacia de los documentos presentados para demostrar el entroncamiento de los aspirantes a la sucesión, es claro que la inexactitud en su apreciación es susceptible de reclamarse en juicio de garantías, para el exclusivo efecto de definir si, en realidad, fue o no bastante la prueba del entroncamiento presentada en el juicio sucesorio, objeto distinto del que persigue el juicio de reclamación de herencia, ya que en éste habrán de rendirse pruebas diversas de aquellas que se estimaron por el juez del intestado para probar contra los documentos exhibidos como bastantes para la justificación del parentesco o demostrar el mejor derecho de quien pretenda la exclusión del reconocimiento en el juicio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/395333-d86e224c/herederos-amparo-procedente-contra-el-reconocimiento-o-desconocimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Tomo XLIX, pág. 2041. Amparo civil en revisión 1254/36, 2a.Sec. Lugo Manuel y coags. 29 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LI, pág. 359. Amparo en civil revisión 3843/36, 1a.Sec. La Beneficencia Pública del D. F. 15 de enero de 1937. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LII, pág. 1370. Amparo civil en revisión. 4418/35, 2a.Sec. Lara Abel y coags. 3 de mayo de 1937. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LVI, pág. 1096. Queja en amparo civil 138/38, Sec.de Acdos. Vilchis José A. 3 de mayo de 1938. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Disidentes: Ortiz Tirado y R. Chávez. Tomo LXI, pág. 3037. Amparo civil en revisión 8420/38, 2a.Sec. Ana Oropeza y Cervantes, suc. de. 19 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. NOTA: Los datos que se señalan para el Apéndice al Tomo LXIV (Quinta Epoca) corresponden a la Cuarta Parte, Sección Civil. La presente tesis no fue reiterada en el Apéndice 1995, según los acuerdos a que llegó la Comisión Coordinadora encargada de los trabajos para la publicación del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995.

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