SENTENCIA EN AMPARO CIVIL.
En ella no pueden tomarse en cuenta más que los razonamientos aducidos por el quejoso. El agravio que se funda en una hipótesis no puede tomarse en consideración para fundar una queja de amparo. No deben tomarse en ella, en cuenta, violaciones que aun cuando existan, sólo tienen relación con agravios de que no se ocupó la sentencia de alzada que se recurre en amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/395423-6715d262/sentencia-en-amparo-civil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Tomo XI, pág. 747. Amparo civil directo 1196/19, 2a.Sec. Ramírez Matilde vda. de Russek. 29 de abril de 1921. Mayoría de siete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XI, pág. 1202. Amparo directo 1197/19, 2a.Sec. Ramírez Matilde vda. de Russek, contra la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. 29 de abril de 1921. Mayoría de siete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. (Lista de ejecutorias)
Tomo XI, pág. 1202. Amparo directo 1198/19, 2a.Sec. Ramírez vda. de Russek Matilde, contra la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. 29 de abril de 1921. Mayoría de siete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. (Lista de ejecutorias)
Tomo XI, pág. 1202. Amparo directo 1199/19, 2a.Sec. Ramírez Matilde vda. de Russek, contra la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. 29 de abril de 1921. Mayoría de siete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. (Lista de ejecutorias)
Tomo XI, pág. 1202. Amparo directo 1201/19, 2a.Sec. Ramírez Matilde vda. de Russek, contra la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. 29 de abril de 1921. Mayoría de siete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. (Lista de ejecutorias)
NOTA: La presente tesis no fue reiterada como vigente, según los acuerdos a que llegó la Comisión Coordinadora encargada de los trabajos para la publicación del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995.
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