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JUBILACION, ES IMPRESCRIPTIBLE EL DERECHO A LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 803201 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CII, Quinta Parte; Pág. 85

En atención a que la jubilación constituye una obligación de origen contractual, por la que se establece una compensación a los esfuerzos desarrollados durante determinado tiempo por el trabajador, en beneficio de la empresa, y a que, una vez llenados los requisitos contractuales, el derecho a ella pasa a formar parte del patrimonio del trabajador, mientras subsista, tal derecho debe juzgarse imprescriptible.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/803201-dbdf4f55/jubilacion-es-imprescriptible-el-derecho-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Tomo CXXIV, página 729. Amparo directo 3143/54. López Martínez Zeferino. 3 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Guzmán Neyra. La publicación no menciona el nombre del ponente. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen VIII, página 114. Amparo directo 1722/57. Félix Hernández Navarro. 13 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo. Volumen XXVIII, página 124. Amparo directo 1033/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 22 de octubre de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame. Volumen CI, página 27. Amparo directo 1917/63. Ferrocarriles Nacionales de México. 29 de noviembre de 1965. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio. Volumen CII, página 43. Amparo directo 8292/45. José Trinidad López. 23 de noviembre de 1950. Mayoría de cuatro votos. Ponente. Hermilo López Sánchez. Nota: En el Tomo CXXIV, página 729, la tesis aparece bajo el rubro "JUBILACION, EL DERECHO A ELLA ES IMPRESCRIPTIBLE (TRABAJADORES FERROVIARIOS).". En el Volumen VIII, página 114, la tesis aparece bajo el rubro "JUBILACION, EL DERECHO A OBTENERLA ES IMPRESCRIPTIBLE.". En el Volumen XXVIII, página 124, la tesis aparece bajo el rubro "JUBILACION, IMPRESCRIPTIBILIDAD DEL DERECHO A LA.".

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