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BIENES COMUNALES. RECONOCIMIENTO Y TITULACIÓN. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DE ESE CARÁCTER. NO SON CONSTITUTIVAS SINO DECLARATIVAS DE LOS DERECHOS CUYA EXISTENCIA RECONOCEN.-

Clave: 130 · Registro digital (IUS): 911063 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Ap. 2000; Tomo III, Administrativa, Jurisprudencia SCJN; Pág. 146

En los términos del artículo 306 del Código Agrario, esta Segunda Sala ha sostenido el criterio de que el procedimiento incoado para reconocer y titular los derechos sobre bienes comunales, cuando no haya conflictos de linderos, constituye una vía de simple jurisdicción voluntaria en la que las autoridades deben constatar o comprobar que el poblado comunal promovente tiene la posesión de las tierras, por lo que las resoluciones que en estos casos se emitan, no tienen el carácter jurídico de constitutivas, sino de declarativas de los derechos del poblado cuya existencia reconocen.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/911063-0848fb5c/bienes-comunales-reconocimiento-y-titulacion-resoluciones-presidenciales-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Época: Amparo en revisión 1045/69.-Comunidades de Herreras y Pascuales, Municipio de Santiago Papasquiaro, Durango.-27 de abril de 1970.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Jorge Iñárritu. Amparo en revisión 4775/69.-Poblado "La Loma", Municipio del Valle de Santiago, Guanajuato.-11 de junio de 1970.-Cinco votos.-Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Amparo en revisión 5732/70.-Mesa de Santiago, S.A. y otros.-8 de septiembre de 1971.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Jorge Iñárritu. Amparo en revisión 68/71.-J. Isabel Lara Velázquez y otro.-11 de octubre de 1971.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Amparo en revisión 315/71.-Pedro García y García y otros.-15 de noviembre de 1971.-Cinco votos.-Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Apéndice 1917-1995, Tomo III, Primera Parte, página 141, Segunda Sala, tesis 196.

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