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EMPLAZAMIENTO. CUANDO SE RECLAMA LA FALTA DE ÉSTE CONJUNTAMENTE CON EL ARRESTO COMO MEDIDA DE APREMIO, PROCEDE EL AMPARO, RESPECTO DEL PRIMER ACTO AUNQUE NO SE AGOTEN LOS RECURSOS ORDINARIOS (MATERIA MERCANTIL).-

Clave: 538 · Registro digital (IUS): 913480 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo IV, Civil, Jurisprudencia TCC; Pág. 481

Aunque la ley procesal de aplicación supletoria al Código de Comercio, establezca algún recurso o medio de defensa legal para impugnar la ilegalidad del emplazamiento, cuando no se haya dictado sentencia de primer grado, si este emplazamiento se reclama en amparo conjuntamente con el arresto impuesto a la quejosa como medida de apremio, no procede sobreseer en el juicio de garantías, respecto del acto reclamado consistente en la falta de emplazamiento, por la circunstancia de que la quejosa no hubiera agotado previamente al juicio de garantías, el incidente de nulidad previsto por el artículo 61 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla de aplicación supletoria al Código de Comercio, contra el ilegal emplazamiento, pues atendiendo al principio que dice que donde existe la misma razón debe existir la misma disposición de derecho, resulta obvio que si el incidente de nulidad señalado no suspende el procedimiento y la quejosa al plantear la demanda afirmó estar detenida en virtud del arresto decretado, y que desconocía que existiera un juicio en su contra, porque no se le emplazó al mismo, no puede exigírsele en este caso que agote recurso alguno contra la falta de emplazamiento.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/913480-1615e590/emplazamiento-cuando-se-reclama-la-falta-de-este · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Época: Amparo en revisión 187/92.-Marina Flores Martínez.-6 de mayo de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor.-Secretaria: María de la Paz Flores Berruecos. Amparo en revisión 601/92.-José Luis Cruz Sevilla.-14 de enero de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta.-Secretario: José de Jesús Echegaray Cabrera. Amparo en revisión 366/93.-Marcela de la Luz Domínguez Ahedo.-26 de agosto de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor.-Secretaria: María de la Paz Flores Berruecos. Amparo en revisión 567/93.-Juan Carlos Díaz Granda.-25 de noviembre de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor.-Secretario: J. Guadalupe Luna Altamirano. Amparo en revisión 313/94.-Miguel Campos Diez.-11 de agosto de 1994.-Unanimidad de votos.-Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta.-Secretaria: Luz del Carmen Herrera Calderón. Apéndice 1917-1995, Tomo IV, Segunda Parte, página 389, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis 543; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIV, octubre de 1994, página 191.

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