POLICÍA, LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO CON CARGOS ADMINISTRATIVOS EN LA JEFATURA DE, NO SON EMPLEADOS DE CONFIANZA.-
Los empleos administrativos de la Jefatura de Policía no pueden ser considerados como puestos de confianza, ya que en el inciso c) de la fracción II del artículo 4o. del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, no se incluye a los empleados administrativos que laboran en la Jefatura de Policía (dicho estatuto, fue abrogado el 28 de diciembre de 1963 por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional, que tampoco incluye en la enumeración de empleados de confianza a los que desempeñan cargos administrativos en la citada jefatura). Por otra parte, el Reglamento de Policía Preventiva del Distrito Federal, en su título II, capítulo primero, que se refiere al personal de policía, expresa que ésta queda constituida por el personal de carrera, auxiliares y asimilados; que el personal de carrera comprende el de línea y el de servicios y que el de servicios está formado por los elementos que laboran en las oficinas y demás dependencias administrativas de la policía, no pudiendo inferirse que los empleados administrativos deban considerarse como miembros de la Policía Preventiva del Distrito Federal, para los efectos fijados en el citado estatuto jurídico.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/915521-68ac9e5d/policia-los-trabajadores-al-servicio-del-estado-con · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- POLICÍA, LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO CON CARGOS ADMINISTRATIVOS EN LA JEFATURA DE, NO SON EMPLEADOS DE CONFIANZA. (1031)
- POLICIA, LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO CON CARGOS ADMINISTRATIVOS EN LA JEFATURA DE, NO SON EMPLEADOS DE CONFIANZA. (334)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA JEFATURA DE POLICIA, NO CLASIFICADOS EMPLEADOS DE CONFIANZA. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO. POLICIAS. EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS, NO SON CONSIDERADOS POR LA LEY COMO DE CONFIANZA. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO. POLICIA. EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS. ESTAN EXCLUIDOS DE LOS PUESTOS DE CONFIANZA. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO. EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DENTRO DE LA JEFATURA DE POLICIA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis