DEMANDA LABORAL, INTEGRACIÓN DE LA.-
Dado que al tenor del artículo 687 de la Ley Federal del Trabajo, las comparecencias, escritos, promociones o alegaciones no tienen que sujetarse a forma determinada, pero las partes deben precisar los puntos petitorios, mientras que conforme al artículo 872 del mismo ordenamiento legal, la demanda debe formularse por escrito, expresando los hechos fundatorios de las pretensiones, se concluye que las manifestaciones de la actora acerca de tales hechos, contenidas en escrito anexo al de demanda, forman parte de ésta; con mayor razón si en la misma se alude a dicho escrito anexo y se ratifican ambos documentos en la etapa de demanda y excepciones, como lo contempla el artículo 878, fracción II, de la misma legislación.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/915921-24307f99/demanda-laboral-integracion-de-la-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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