Corpus
Modo: Corpus Pro

ATRACCIÓN, FACULTAD DE. SÓLO DEBE EJERCERSE CUANDO SE FUNDE EN RAZONES QUE NO PODRÍAN DARSE EN LA MAYORÍA NI EN LA TOTALIDAD DE LOS ASUNTOS.-

Clave: 64 · Registro digital (IUS): 917598 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 8a. Época; 3a. Sala; Ap. 2000; Tomo VI, Común, Jurisprudencia SCJN; Pág. 52

Para determinar si un asunto de la competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito, tiene características especiales que justifiquen el ejercicio de la facultad de atracción por parte de la Suprema Corte de Justicia, debe apreciarse si se trata de un asunto excepcional, lo que se advertirá cuando los argumentos relativos no puedan convenir a la mayoría ni a la totalidad de asuntos, debido a su importancia por su gran entidad o consecuencia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/917598-d6f4a12c/atraccion-facultad-de-solo-debe-ejercerse-cuando-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Época: Amparo en revisión 321/91.-Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. y otro.-8 de julio de 1991.-Cinco votos.-Ponente: José Antonio Llanos Duarte.-Secretario: Abraham S. Marcos Valdés. Amparo en revisión 978/91.-Gamesa, S.A. de C.V.-9 de septiembre de 1991.-Cinco votos.-Ponente: José Trinidad Lanz Cárdenas.-Secretario: Sabino Pérez García. Amparo directo 1011/91.-Ricardo Sagarena Briones.-23 de septiembre de 1991.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Mariano Azuela Güitrón.-Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. Amparo directo 1013/91.-Carlos López Arias.-23 de septiembre de 1991.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Salvador Rocha Díaz.-Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez.-Secretario: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Amparo directo 1006/91.-Ana Celina Ibarra de Valenzuela.-14 de octubre de 1991.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez.-Secretario: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Apéndice 1917-1995, Tomo VI, Primera Parte, página 52, Tercera Sala, tesis 78; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo IX, enero de 1992, página 72.

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