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PETICIÓN, DERECHO DE. CUÁNDO SE CUMPLE CON LA GARANTÍA CONSAGRADA EN EL ARTÍCULO 8o. DE LA CARTA MAGNA.-

Clave: 54 · Registro digital (IUS): 920054 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice (actualización 2001)
Localización: [J]; 9a. Época; 1a. Sala; Ap. Act. 2001; Tomo I, Const., Jurisprudencia SCJN; Pág. 90

Si la protección federal se otorgó por violación a la garantía de petición consagrada en el artículo 8o. constitucional, para que las autoridades responsables dieran contestación congruente por escrito y en breve término a la solicitud formulada por el quejoso, tal exigencia se cumple cuando una de las autoridades responsables, director general de Recursos Humanos de la Procuraduría General de la República, subordinada a otra autoridad responsable, oficial mayor de la misma dependencia, da contestación a la solicitud por instrucciones de éste, aunque esta última autoridad no haya dado contestación, en tanto que se trata de autoridades de una misma dependencia y fundamentalmente lo que pretende la garantía constitucional invocada es la exigencia de dar contestación a la petición, toda vez que el precepto constitucional únicamente establece que el derecho de petición se cumpla en los términos antes especificados, por lo que la autoridad, independientemente de su cargo o jerarquía, tiene la obligación de contestar al peticionario y no dejarlo sin acuerdo alguno.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/920054-1c8909df/peticion-derecho-de-cuando-se-cumple-con-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Inconformidad 97/98.-Salvador Herrera Sánchez.-1o. de abril de 1998.-Cinco votos.-Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas.-Secretario: Carlos Mena Adame. Inconformidad 121/99.-Marco Aurelio del Toro Barajas.-28 de abril de 1999.-Cinco votos.-Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo.-Secretario: Jesús Guadalupe Luna Altamirano. Incidente de inejecución 77/99.-Silvia Jiménez Aguilar y otros.-7 de julio de 1999.-Cinco votos.-Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo.-Secretario: Jesús Guadalupe Luna Altamirano. Incidente de inejecución 175/99.-Francisco Martínez Pérez.-7 de julio de 1999.-Cinco votos.-Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo.-Secretario: Jesús Guadalupe Luna Altamirano. Inconformidad 202/99.-Jaime Alvarado López.-8 de septiembre de 1999.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Juventino V. Castro y Castro.-Ponente: Juventino V. Castro y Castro; en su ausencia hizo suyo el asunto la Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas.-Secretario: Jesús Guadalupe Luna Altamirano. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XI, junio de 2000, página 50, Primera Sala, tesis 1a./J. 6/2000; véase la ejecutoria en la página 51 de dicho tomo.

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