Acuerdo A/001/26 por el que se implementa el Sistema Electrónico Institucional denominado Sistema de Actas… · Capitulo III — DEL PROCESO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN
Artículo 18
Artículo 18. La persona saliente podrá iniciar la preparación del Acta administrativa de entrega y recepción desde el momento en que tenga conocimiento que dejará de ocupar el empleo, cargo, suplencia, comisión o encargo, solicitando al Órgano Interno de Control, a través del "SAER-FGR", la designación de un representante para que intervenga en el proceso de entrega y recepción.
La solicitud deberá contener al menos lo siguiente:
I. Fecha de baja o conclusión del empleo, cargo, suplencia, comisión o encargo;
II. Denominación del puesto;
III. Área de adscripción;
IV. Correo electrónico, y
V. Domicilio de la persona saliente para recibir notificaciones.
La persona saliente deberá acreditar haber entregado a la Coordinación Administrativa respectiva o su equivalente, la credencial de identificación institucional y, en su caso, el corbatín de estacionamiento.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REMOCION DE ADMINISTRADORES DE CORREOS, DEBE PEDIRLA EL SECRETARIO DE COMUNICACION Y OBRAS PUBLICAS. (s/clave)
- ABANDONO DE EMPLEO. CAMBIO DE LUGAR DE ADSCRIPCION. (s/clave)
- DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL. LA DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO DE SU PRESENTACIÓN POR LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA FEDERACIÓN CONSTITUYE UNA RESOLUCIÓN DE (IV.3o.12 A)
- ABANDONO DE EMPLEO. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CUANDO NO OPERA EL CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LOS. (s/clave)
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