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Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos… · Titulo VI — COOPERACIÓN

Artículo 42

Ordenamiento: Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus Estados… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 1 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 42

Salud

   1. La cooperación en el ámbito de la salud tendrá como objetivos fortalecer las actividades de la investigación, farmacología, medicina preventiva y las enfermedades infecto-contagiosas, como el SIDA.

   2. La cooperación se llevará a cabo principalmente a través de:

a) proyectos en materia de epidemiología, descentralización y administración de los servicios de salud,

b) desarrollo de programas de capacitación profesional,

c) programas y proyectos para mejorar las condiciones de salud y bienestar social en los medios urbano y rural.

Fuente oficial: consultar publicación

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