ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial que establece el procedimiento de responsabili · Capitulo X — Resoluciones y su Ejecución · Seccion primera — Resolución
Artículo 70
Artículo 70. Se considera que una resolución ha quedado firme, cuando transcurridos los plazos previstos en este Acuerdo, no se haya interpuesto en su contra recurso alguno; o bien, desde su emisión, cuando no proceda contra ellas recurso o medio ordinario de defensa.
Sección segunda
Ejecución de sanciones
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SENTENCIAS. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- SENTENCIAS DEFINITIVAS. (s/clave)
- ACTOS CONSUMADOS, RESOLUCIONES QUE NO TIENEN ESE CARACTER. (s/clave)
- EJECUCION DE SENTENCIA DE AMPARO. (s/clave)
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