Acuerdo General del Pleno del Órgano de Administración Judicial que establece las disposiciones…
Artículo Transitorio CUARTO
Cuarto. Las coordinaciones de magistraturas de Circuito y de las personas titulares de juzgados de distrito, designadas en términos del Acuerdo General que se abroga, continuarán en funciones hasta el 31 de diciembre de 2026. Las coordinaciones previstas en el presente Acuerdo deberán designarse durante la primera semana de diciembre de 2026 e iniciarán funciones el 1 de enero de 2027.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVISION DE OFICIO. (s/clave)
- JUECES DE DISTRITO. (s/clave)
- JUECES DE DISTRITO, FALTAS TEMPORALES DE LOS. (s/clave)
- SENTENCIAS DE LOS JUECES DE DISTRITO. (s/clave)
- JUECES DE DISTRITO. (s/clave)
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