Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite…
Artículo 22
Artículo 22. Una vez proporcionada la información señalada en el artículo 21 de los presentes Lineamientos y creada la contraseña, la Plataforma enviará un correo de verificación a la dirección de correo electrónico proporcionada para la activación de la cuenta. Esta dirección de correo electrónico será el nombre de usuario.
La activación de la cuenta se llevará a cabo usando la Firma Electrónica Avanzada empleada conforme a lo establecido en el artículo 21 de los presentes Lineamientos. Una vez que la cuenta se encuentre activa, el Usuario Registrado podrá acceder a la Plataforma utilizando sus Datos de Acceso.
La persona física o moral que haya realizado el Registro podrá, en el procedimiento, declarar su participación a través de un Consorcio y actuará como el Representante Común del mismo, a través de un perfil de Usuario Licitante.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SENTENCIAS DE SEGUNDA INSTANCIA. (s/clave)
- DEMANDA TELEGRAFICA. (s/clave)
- ACCION CIVIL. (s/clave)
- JURISDICCION VOLUNTARIA. (s/clave)
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