JURISDICCION VOLUNTARIA.
Si a la solicitud promovida en vía de jurisdicción voluntaria, se opusiere alguno que tenga personalidad para hacerlo, el negocio se hará contencioso y se sujetara a los trámites establecidos para el juicio que corresponda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287135-4bbe8297/jurisdiccion-voluntaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Aguirre Paula. 17 de junio de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Enrique Moreno y José María Mena no estuvieron presentes, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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