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Acuerdo por el que se reforman los Lineamientos del Consejo Consultivo del Instituto Mexicano de la Propiedad… · Capitulo III — De la Presidencia y Vicepresidencia del Consejo

Artículo 9 Bis

Ordenamiento: Acuerdo por el que se reforman los Lineamientos del Consejo Consultivo del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Artículo 9 Bis.- Son atribuciones de la persona titular de la Vicepresidencia del Consejo:

I.     Coadyuvar con la Presidencia en la conducción estratégica de los trabajos del Consejo;

II.     Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos y resoluciones adoptados e informar al Consejo;

III.    Promover la coordinación entre las unidades administrativas del Instituto para la atención y, en su caso, implementación de las recomendaciones, opiniones y propuestas emitidas por el Consejo;

IV.   Proponer la creación de grupos de trabajo para la atención y el seguimiento de asuntos o temas específicos;

V.    Promover la evaluación de los resultados de las actividades desarrolladas por el Consejo y formular propuestas para mejorar su funcionamiento, y

VI.   Elaborar los informes anuales.

Fuente oficial: consultar publicación

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