Código Administrativo del Estado de Chihuahua
Artículo 111
Vigencia verificada: 15 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 111. Todos los trabajadores de base tendrán derecho a formar parte del sindicato; pero una vez
que soliciten y obtengan su ingreso no podrán dejar de formar parte de él en ningún caso, salvo que fueren
expulsados.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TRABAJADORES, INGRESO DE LOS, A UN SINDICATO. (s/clave)
- CLAUSULA DE EXCLUSION POR INGRESO, APLICACION INDEBIDA DE LA. (s/clave)
- PATRONOS OBLIGACION DE LOS. (s/clave)
- PREFERENCIA, DERECHO DE LOS TRABAJADORES A LA. PROPOSICIONES POR EL SINDICATO EN APLICACION, POR MAYORIA DE RAZON, DEL ARTICULO 111 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS. (s/clave)
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