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CÓDIGO ADMINISTRATIVO

Artículo 3.6

Ordenamiento: CÓDIGO ADMINISTRATIVO · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-02

Vigencia verificada: 22 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 3.6.- El Estado está obligado a garantizar el derecho a la educación a través de la

prestación de los servicios de educación preescolar, primaria y secundaria, en el marco del

federalismo y la concurrencia, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos y en la Ley General de Educación.

El Estado establecerá planes y programas específicos para tratar y erradicar el analfabetismo,

tomando en cuenta las necesidades sociales y étnicas de la población.

Asimismo, deberá promover y apoyar la educación media superior y superior en todas sus

modalidades.

Fuente oficial: consultar publicación

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