Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Administrativo

Artículo 5.31

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 5.31.- Previamente a la aprobación de los planes municipales de desarrollo urbano, los

municipios deberán obtener de la Secretaría el dictamen de congruencia, mismo que se emitirá

considerando los principios aplicables establecidos en este Libro, así como las políticas y

estrategias del Plan Estatal de Desarrollo Urbano y en su caso, las del plan regional o parcial

de desarrollo urbano aplicable.

Derogado.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 5.30Índice de la leyArt. 5.32 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis