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Modo: Corpus Pro

Código Administrativo

Artículo Transitorio Tercero

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO TERCERO.- El artículo 1.20 entrará en vigor a los ciento ochenta días naturales

siguientes al de la publicación de este decreto en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”.

Fuente oficial: consultar publicación

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