Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2210
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2210.- La donación es perfecta desde qu e el donatario la acepta y hace
saber la aceptación al donador.
CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Última actualización: 15/12/2025.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONTRATO DE DONACION, NULIDAD DEL. POR FALTA DE ACEPTACION EXPRESA DEL DONATARIO. (11)
- DONACION, CONTRATO DE. ACEPTACION (LEGISLACION DE CHIHUAHUA). (s/clave)
- DONACION, ACCION DE OTORGAMIENTO DE CONTRATO DE. (s/clave)
- DONACIÓN, CONTRATO DE. SE PERFECCIONA CUANDO SE PRUEBA EL ACTO DE DONACIÓN, EL DONATARIO LA ACEPTA Y LO HACE SABER A LA DONANTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO). (II.2o.C.528 C)
- DONACION, ACEPTACION DE LA (LEGISLACION DE PUEBLA). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis