Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2544
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2544.- El contrato por el que se constituya una asociación, debe constar por
escrito.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ASOCIACIONES EN PARTICIPACION. (s/clave)
- ASOCIACION EN PARTICIPACION, PRUEBA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- ASOCIACION EN PARTICIPACION, VALIDEZ DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. INTERPRETACIÓN Y ALCANCES DEL ARTÍCULO 252 DE LA LEY GENERAL DE ASOCIACIONES MERCANTILES QUE LA DEFINE.- (709)
- ASOCIACION EN PARTICIPACION, FORMA ESCRITA DEL CONTRATO MERCANTIL DE. (s/clave)
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